Santo Domingo.- El Ministerio Público solicitó este martes a la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que rechace los recursos de apelación interpuestos por cuatro de los condenados a prisión por formar parte de la red que se dedicaba a borrar y alterar antecedentes penales a cambio de sobornos y que fue desmantelada con la Operación Gavilán.
Eduardo Velázquez y Miguel Crucey, fiscales litigantes adscritos a la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, presentaron ante el tribunal de alzada las pruebas por las que Luis Peña Cedeño, Víctor Gilberto Mercedes, José Ramón Quezada y Pilar Irene Trinidad fueron condenados a 10 años de prisión por el Cuarto Tribunal Colegiado en agosto del año 2025.
El fiscal Velázquez dijo que el Ministerio Público probó la acusación en su momento, y más allá de toda duda razonable, y con pruebas contundentes.
“Lo que hemos conocido son cuatro recursos que, realmente, para los jueces, y para nosotros como Ministerio Público, están acéfalos en el sentido de que no tienen sustento ni elementos de prueba que puedan aportarles a los jueces de esta alzada; que puedan, al momento de la deliberación, poder revocar la decisión, máxime con una acusación y una sentencia que fue emitida en favor de la sociedad y el Ministerio Público en base a hechos y derecho debidamente justificada y motivada”, subrayó.
El representante del Ministerio Público se mostró confiado en que la sentencia será ratificada. “Sí, entendemos que sí. Los cuatro recursos van a ser desestimados y confirmada la decisión del Cuarto Tribunal Colegiado, el cual condenó a cada imputado a 10 años de prisión”, dijo en respuesta a preguntas de la prensa.
Sobre los alegatos expuestos por los procesados al hacer uso de su defensa material, dijo que “esa es su defensa material, que la ampara la Constitución y el Código Procesal Penal a cada imputado, de decir lo que entienda de lugar”.
La corte, integrada por los jueces Pedro Sánchez Rivera (presidente), Nancy Joaquín y Mariana Daneyda García, se reservó el fallo para el 2 de octubre del año 2026.
En el mes de agosto del pasado año, a solicitud del Ministerio Público, fueron impuestas 13 condenas contra miembros de la estructura criminal que fueron procesados por borrar y modificar, a cambio de coimas, los registros de antecedentes penales de cientos de personas de la base de datos del Ministerio Público.
Las pruebas presentadas durante el juicio por el Ministerio Público fueron acogidas por el tribunal de primera instancia que la declaró suficientes y contundentes, quedando destruida la presunción de inocencia de todos los procesados.
El órgano acusador demostró de forma objetiva y coherente la existencia de una estructura de criminalidad organizada, en la modalidad de Cibercrimen, que ejecutó de manera deliberada maniobras informática fraudulentas de acceso ilícito para alterar, borrar, modificar, afectar, eliminar y dañar los datos y registros delictivos (fichas) de los ciudadanos que violentaron las leyes penales en el sistema de justicia dominicano, y que se encontraban registrados y almacenados en la base de datos de la infraestructura tecnológica de la Procuraduría General de la República y el Ministerio Público.
Esta actividad delictiva ejecutada por los condenados fue realizada con el único objetivo de obtener beneficios económicos ilícitos mediante el pago, la recepción de sobornos y corrupción.
La estructura criminal sancionada no solo constituyó una grave amenaza a la seguridad jurídica y al sistema de justicia penal de la República Dominicana, sino que permitió la evasión ante las autoridades, de personas que se encontraban con procesos penales ante los tribunales o que habían cometido un ilícito de cualquier naturaleza.
Los condenados facilitaron la obtención de documentos o pasaporte como consecuencia del borrado de los antecedentes penales en las bases de datos oficiales, que permitieron burlar los controles migratorios y fronterizos del país.
Los elementos probatorios colectados por el Ministerio Público, incluyendo testimonios, pruebas materiales, peritajes informáticos y financieros, audiovisuales, documentación oficial y pruebas digitales irrefutables, legalmente incorporados en juicio, fueron valorados por el juzgado de primera instancia de manera coherente y armónica, quedando configurado un cuadro probatorio sólido que demostró la participación activa y consciente de los acusados, quienes fueron condenados en proporción al grado de participación y la gravedad de los hechos que se les imputaron.

