Santo Domingo.- Al acoger la petición del Ministerio Público, un tribunal condenó a 20 años de prisión a un hombre que mató a un cuñado a machetazos, en un hecho ocurrido el pasado año en el batey Las Charcas, del municipio Sabana Grande de Boyá, de la provincia Monte Plata.
Vicente Estime fue condenado luego de que fuera declarado culpable de ocasionarle la muerte a Michel de Paula de la Cruz tras atacarlo con el arma blanca en medio de una discusión.
Estime además deberá pagar una indemnización ascendente a la suma de un millón quinientos mil pesos dominicanos (RD$1,500,000.00) a los familiares de la víctima.
Sobre los hechos, el expediente señala que ocurrieron en la vivienda de De Paula de la Cruz el 13 de agosto del año 2025, alrededor de las 10:00 de la noche, cuando Estime le reclamaba a su cuñado por insultar a su hermana.
Indica que, en el curso de la discusión, el procesado reaccionó de manera violenta e intencional, haló un arma blanca tipo machete, provocándole diez heridas a la víctima en diferentes partes del cuerpo.
Como consecuencia directa de dichas agresiones, la víctima De Paula de la Cruz falleció a causa de una herida localizada en la región temporal izquierda, conforme se establece en el Informe de Autopsia Judicial núm. SD-A-1018-2025, emitido por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).
Luego de cometer los hechos el acusado emprendió la huida del lugar, y, posteriormente, en fecha 14 del mes de agosto del año 2025, aproximadamente a las 11:30 de la mañana, fue arrestado en el mismo batey mientras era perseguido activamente por miembros de la Policía Nacional.
La acusación, presentada por José del Carmen García Hernández, procurador fiscal del Distrito Judicial de Monte Plata, fue sustentada con distintas pruebas procesales, periciales y testimoniales que demostraron la responsabilidad penal del procesado.
El Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Monte Plata, integrado por los jueces Hilda Nieves Sánchez Luna (presidenta), Isaías Ronaldo Martínez Pérez (primer sustituto) y Carmen Daniela Araujo Rivas (miembro), ordenaron el cumplimiento de la sentencia en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de Monte Plata.
Estime fue declarado culpable de violar los artículos 295 y 304 del antiguo Código Penal Dominicano.

