Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader tiene hasta el domingo 10 de agosto para promulgar u observar el nuevo Código Penal aprobado recientemente por el Congreso Nacional. De no hacerlo en ese plazo, la ley será publicada automáticamente, tal como establece la Constitución de la República Dominicana.
Este viernes, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, junto a la secretaria del bufete directivo, Lía Díaz, firmaron el proyecto de ley y lo remitieron al Poder Ejecutivo, iniciando formalmente el conteo de los diez días hábiles para su promulgación.
De acuerdo con el artículo 101 de la Constitución, una vez recibida una ley, el presidente dispone de un plazo de diez días para promulgarla. Si no la observa ni la promulga en ese tiempo, se considera promulgada de manera automática y será publicada por el presidente del Senado.
Asimismo, el artículo 102 faculta al presidente para devolver la ley con observaciones dentro del mismo plazo. En caso de hacerlo, el Congreso deberá decidir si acoge las modificaciones sugeridas por el Poder Ejecutivo o si mantiene el texto original aprobado.
El nuevo Código Penal ha sido objeto de amplio debate en la sociedad dominicana, y su posible entrada en vigor dependerá de la decisión que tome el presidente Abinader en los próximos días.