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    Portada » Fedomu y la LMD aclaran que modificación a Ley 75-25 no elimina sanciones
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    Fedomu y la LMD aclaran que modificación a Ley 75-25 no elimina sanciones

    enero 9, 2026No hay comentarios10 Vistas2 Mínimos Leídos
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    Santo Domingo.- La Federación Dominicana de Municipios (Fedomu) y la Liga Municipal Dominicana (LMD) aclararon de forma categórica que no han sido eliminadas las sanciones por el incumplimiento de la normativa presupuestaria municipal en las modificaciones introducidas al artículo 21 de la Ley núm. 176-07.

    Ambas entidades explicaron que las informaciones difundidas recientemente en medios de comunicación interpretan de manera imprecisa el alcance de la citada modificación al artículo 21 de la Ley núm. 176-07.

    Mediante un comunicado, los presidentes de ambas instituciones, Nelson Núñez (Fedomu) y Víctor D’ Aza (LMD), señalaron que lo aprobado por el Senado de la República no despenaliza la falta ni elimina el régimen de consecuencias, sino que establece que las sanciones serán impuestas conforme a las disposiciones de la Constitución de la República y el nuevo Código Penal Dominicano, el cual contempla expresamente la destitución de los funcionarios municipales que incumplan la ley.

    En ese sentido, reiteraron que «cualquier interpretación distinta carece de sustento jurídico y contribuye a una lectura errónea del alcance real de la reforma».

    La federación resalta que esta actualización legal no supone, bajo ninguna circunstancia, un debilitamiento de los principios de transparencia, control y rendición de cuentas.

    Los gobiernos locales continúan plenamente sujetos al marco constitucional, a las leyes de administración pública, a los órganos de control del Estado y al escrutinio ciudadano, pilares esenciales de la buena gobernanza y de la autonomía municipal responsable.

    En ese orden, Fedomu valora de manera positiva dicha modificación, ya que constituye una respuesta necesaria y oportuna a los efectos generados por disposiciones contenidas en el artículo 3, con la readecuación de los topes presupuestarios que permite armonizar el régimen financiero municipal con la lógica del Presupuesto General del Estado, particularmente en lo relativo a la estructura de ingresos y gastos, favoreciendo una mayor coherencia normativa y una aplicación más realista del marco presupuestario a nivel local.

    Este ajuste fortalece la seguridad jurídica, mejora la planificación financiera y dota a los ayuntamientos de herramientas más acordes con su funcionamiento operativo.

    Por consiguiente, considera que la revisión del artículo 3 de la Ley # 75-25 y su adecuada articulación con la Ley # 176-07 contribuyen a una gestión municipal más equilibrada.

    Fedomu LMD no elimina sanciones
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