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    Portada » Director de la Defensa Pública afirma que acatará decisión de la Suprema Corte de Justicia
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    Director de la Defensa Pública afirma que acatará decisión de la Suprema Corte de Justicia

    julio 21, 2025No hay comentarios11 Vistas4 Mínimos Leídos
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    Rodolfo Valentin
    Rodolfo Valentin
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    Santo Domingo. – La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, mediante la Resolución núm. 001-022-2025-SRLS-00393, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Oficina Nacional de Defensa Pública. El recurso cuestionaba la decisión dónde el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que, a solicitud del Ministerio Público, requirió a la Defensa Pública la designación de defensores para brindar asistencia legal a empresas privadas, cuyos propietarios ya estaban siendo asistidos por defensores públicos.

    El director de la Defensa Pública, licenciado Rodolfo Valentín Santos, expresó:
    “Somos un órgano constitucional con autonomía reforzada, garantes del debido proceso y defensores de los derechos fundamentales. Pero, sobre todo, somos respetuosos de las leyes, normas y decisiones emitidas por los tribunales de la República. Por tanto, procuraremos dar cumplimiento a la decisión emitida por el más alto tribunal. ¡Se pueden ganar batallas, pero no la guerra!”, advirtió.

    La Constitución dominicana, en su artículo 176, establece:

    “El Servicio de Defensa Pública se ofrecerá en todo el territorio nacional atendiendo a los criterios de gratuidad, fácil acceso, igualdad, eficiencia y calidad, para las personas imputadas que, por cualquier causa, no estén asistidas por abogados.”

    Cuando la ley se refiere a personas jurídicas, las llama por su nombre. Pero cuando se refiere a personas físicas, utiliza el término «persona(s)». Ejemplos de esto se encuentran en los artículos 38, 39, 40, 56, 59, 60, 61, 63, entre otros. Lo mismo ocurre con la Ley núm. 277-04 sobre el Servicio de Asistencia Legal Gratuita. “Hago esta acotación porque, en la decisión originaria, el Ministerio Público fundamentó su requerimiento alegando que ni la Constitución ni la ley distinguen entre personas físicas y jurídicas, lo cual constituye, a nuestro entender, una interpretación errada”, subrayó Valentín.

    Como coordinador de las Defensorías Públicas del Caribe y miembro del Comité Ejecutivo de la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEF), el licenciado Valentín recordó que no tiene conocimiento de que exista en América Latina alguna defensoría pública que preste servicios legales gratuitos a empresas, comercios, organismos o industrias. “Eso tampoco ocurre en los Estados Unidos que tanto referenciamos, donde, si una persona solicita asistencia legal pública, la institución evalúa, a partir de su código de área o ‘zip code’, si puede pagar su defensa. Incluso, en algunos casos, se le otorga un crédito para cubrir el costo una vez finalizada la asistencia”, puntualizó.

    Rodolfo Valentin expresó su preocupación por las implicaciones que podría tener la decisión del tribunal, al temer una avalancha de solicitudes por parte de empresas y organismos privados para recibir asistencia de defensores públicos, a requerimiento del Ministerio Público, en materias altamente complejas como derecho societario, corporativo, civil, y temas vinculados a juntas o consejos empresariales. A esto se suma la falta de defensores especializados, recordando que la institución arrastra un déficit aproximado de 250 defensores a nivel nacional.

    “No nos cabe la menor duda de que el Ministerio Público celebra esta decisión favorable, pero con ese mismo interés e ímpetu con que procura asistencia legal para empresas privadas, debería también mostrar un compromiso firme con la representación de víctimas en materias como tierra, civil, laboral, administrativa, niñez y adolescencia, y defensa del consumidor”, enfatizó Valentín.

    El director no descartó la posibilidad de elevar el tema al Tribunal Constitucional, al considerar que se trata de un asunto de especial interés, y que desborda la interpretación restrictiva del artículo 176 de la Constitución. “Es importante reiterar que somos respetuosos de las decisiones de los tribunales, sin perjuicio de los recursos o acciones que podamos interponer contra una decisión que consideramos incorrecta”, concluyó.

    La Oficina Nacional de Defensa Pública es la entidad de abogados más grande del país que brinda servicios de calidad a victima de casos penales que necesitan asistencia legal gratuita, cuenta con profesionales de muy alta estándar jurídica y ética , que se refleja en su permanente compromiso con la justicia social, cumpliendo con el mandato de la constitución que le facultad a servir a la sociedad dominicana sin importar su clase social.

    AIDEF Defensa Pública Ministerio Público Rodolfo Valentín Santos Suprema Corte de Justicia
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